Creencias como que el canto de los canarios ayuda con los negocios, que la sangre de los chulos sirve para curar el asma, o que tomar caldo de pichón de loro ayuda a los niños a hablar, forman parte de los usos indebidos que incentivan el tráfico de fauna silvestre.

Así lo destacó la veterinaria Carmen Rocío González Cantor, de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL), subdirectora de Silvicultura Flora y Fauna Silvestre de la Secretaría Distrital de Ambiente, en el programa Análisis UNAL, de Radio UNAL (98.5 FM). Según la funcionaria, “la fauna silvestre es objeto de comercialización o de tenencia ilícita para tener especímenes como animales de compañía –como los loros y canarios costeños–, o para venderlos”.

Agrega que “en todo el mundo se utilizan muchos de los animales para el consumo humano –como las tortugas matamata (Chelus fimbriata)– y en otros casos para preparar medicamentos con el veneno que producen algunas ranas”.

Animales de fauna silvestre como tortugas, águilas, osos, guacamayas y loros están dentro del territorio nacional y viven sin la intervención del hombre. Sin embargo, el tráfico ilegal de especies está entre los ocho negocios ilícitos más lucrativos del mundo y produce al menos 10.000 millones de dólares al año.

Las especies exóticas que se trafican se utilizan como mascotas de moda, para suplir costumbres alimenticias (carne de cacería), por creencias o para lucrarse.

En términos generales, cada año se trafican en el mundo alrededor de 30.000 mamíferos, de 2 a 5 millones de aves, de 2 a 3 millones de reptiles y 6.000 millones de peces y anfibios.

Ante esta problemática mundial, nació la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), cuyo objetivo principal es regular la exportación, reexportación e importación de especies, así como la introducción de especímenes de animales y plantas procedentes del mar, listadas en alguno de sus tres apéndices.

Así mismo el Gobierno nacional ha tomado medidas más drásticas para combatir este flagelo, el cual está tipificado en el Código Penal que establece “que humanizar a los animales silvestres es un delito porque se considera como maltrato animal”.

El 13 de abril de 2020, la Procuraduría emitió la Directiva 014, la cual ordena que las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) deben recoger todos los animales de fauna silvestre que dejaron en tenencia, excepto en zoológicos y universidades.

Fuente: https://www.elespectador.com/ambiente/fauna-silvestre-sigue-amenazada-por-mitos-y-creencias/?utm_source=newsshowcase&utm_medium=gnews&utm_campaign=CDAqEAgAKgcICjC5iYELMIqM_AIws4of&utm_content=rundown

Abrir chat
Hola, ¿En qué te podemos ayudar?
Verificado por MonsterInsights