El objetivo de esta normativa es garantizar una convivencia armónica en la propiedad horizontal, previniendo accidentes, daños y conflictos entre vecinos. La Ley 1801 de 2016 (Código de Convivencia) es clara: nuestras mascotas son nuestra responsabilidad y su libertad sin supervisión tiene un costo.
La ley no prohíbe el tránsito de mascotas, pero exige supervisión permanente:
• Gatos: No deben deambular libremente. Deben ser transportados en guacales, maletas especiales o con elementos de manejo que impidan su libre movimiento por pasillos y jardines.
• Perros: Deben circular siempre con correa. En el caso de razas de manejo especial, es obligatorio el uso de bozal.
• Responsabilidad: El dueño es el único responsable legal por cualquier daño que el animal cause a bienes comunes o a terceros.
Incumplir estas normas conlleva sanciones económicas directas según el Código de Seguridad y Convivencia:
* Gatos o perros sueltos (Circular sin supervisión) $233.452
*No recoger excremento (Afectación a la salud) $379.000
*Perros sin correa/bozal Razas de manejo especial o sin control $711.750
¿Por qué es importante cumplir?
• Evita accidentes: Se reducen riesgos de peleas entre mascotas o ataques a personas.
• Higiene: Mantener los espacios limpios previene enfermedades y malos olores.
• Ahorro: Evitar multas costosas que afectan el presupuesto familiar.
Recuerde: El respeto por el espacio compartido empieza por el control de nuestros mejores amigos.
Cuidar que tu mascota no circule sola es un acto de amor por ella y de respeto por tus vecinos. Evitemos conflictos y sanciones innecesarias. Únete a la convivencia armónica!
Fuente: IDPYBA
